El DeCA ha entrado en vigor: qué cambia desde el 5 de octubre
Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control del transporte solo vale en electrónico, sin periodo de gracia. Qué te pide la inspección, cuánto cuesta no llevarlo, a quién no le afecta y qué hacer si aún no lo tienes.


Por Routal Team
Especialistas de operaciones y producto enfocados en contenido logístico práctico. LinkedIn
Desde el 5 de octubre de 2026, el documento de control administrativo del transporte de mercancías por carretera solo vale en formato electrónico. Se llama DeCA y no hay periodo de gracia: el Ministerio de Transportes lo ha dejado por escrito en su FAQ oficial. Un envío que sale con el documento en papel está fuera de norma.
Esto no es la guía completa. Esa ya la tienes en DeCA: guía práctica y checklist y, con todas las fuentes, en nuestra página del DeCA. Esto es lo que ha cambiado desde el 5 de octubre de 2026, en el orden en que te lo vas a encontrar.
Lo que la inspección puede pedirte desde el 5 de octubre
Un DeCA por envío, generado antes de que arranque el servicio. Es un PDF con un código QR. El agente lo escanea y descarga el documento desde una dirección web directa, sin usuario ni contraseña. El conductor lleva una copia con el QR, en el móvil o impresa.
Lo que ya no vale: el documento en papel, una foto del papel o un escaneado. El DeCA nace digital. Las anotaciones a mano en una copia impresa tampoco cuentan.
Los datos son los de siempre, los del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012: cargador contractual (nombre, NIF y domicilio), transportista efectivo (nombre y NIF), origen y destino, naturaleza y peso de la mercancía, fecha y matrícula del vehículo, con tractor y remolque si es un conjunto.
Firmarlo no es obligatorio. Si lo firmas, la firma tiene que ser electrónica avanzada o cualificada. Y cada documento se conserva al menos un año.
La multa, en cifras
- Carecer del DeCA, llevarlo sin diligenciar o sin datos esenciales: infracción grave, de 401 a 600 € (artículo 141.17 de la LOTT, sancionado por el 143.1.d).
- Falsear los datos: infracción muy grave, de 4.001 a 6.000 € (artículo 140.9).
- Responden los dos: el cargador contractual y el transportista efectivo. El cargador solo queda eximido si demuestra que el documento se emitió.
¿Te afecta? El test de dos minutos
- ¿Llevas mercancía de terceros y cobras por el transporte? Si no, porque repartes lo que vendes con tus vehículos y tu gente, es transporte privado complementario y no necesitas DeCA. Eso sí: lleva a bordo lo que acredite que la mercancía es tuya, que el vehículo está en tu empresa y que el conductor es de plantilla (artículo 102.3 de la LOTT). Es lo que la inspección comprobará.
- Haces transporte público, pero ¿es paquetería, mudanzas o un vehículo de hasta 2 toneladas de masa máxima autorizada? Exento. La paquetería es la recogida o el reparto de pocos bultos que una persona mueve sin más ayuda que la del vehículo. El límite sube a 2,5 toneladas en furgonetas de combustibles alternativos que no ganan carga útil.
- ¿Transporte internacional? Allí van los documentos de los convenios que España ha firmado. El eCMR sigue siendo voluntario; te lo contamos en la página del eCMR.
- El resto: DeCA desde el 5 de octubre de 2026. También si eres el que contrata el transporte, porque entonces eres cargador contractual.
Cuatro ideas que circulan y no son así
«Hay que subir los DeCA a una plataforma del Ministerio.» No existe esa plataforma. Cada empresa genera sus PDF con su software, propio o de un proveedor, y los guarda en su propio repositorio. Puede estar en cualquier dominio y no hay que comunicarlo antes.
«Hay que certificar el software.» No. La certificación es de las plataformas eFTI, el marco europeo que llega en 2027. Es otra cosa.
«El eCMR me vale como DeCA.» Solo si recoge todos los datos del artículo 6 y cumple el formato electrónico: QR y descarga directa. Si no, no.
«Las primeras semanas habrá manga ancha.» El Ministerio dice lo contrario: el periodo de adaptación fueron los diez meses desde la Ley 9/2025, y no hay prevista ninguna fase sin sanción después del 5 de octubre.
Si contratas transportistas, esto también va contigo
Eres cargador contractual. Pide el PDF con QR antes de que salga la carga y guárdalo un año. Si tu transportista subcontrata, el DeCA lo formalizan el último de la cadena, que es el transportista efectivo, y quien le contrata, que pasa a ser el cargador contractual. La responsabilidad baja hasta el final de la cadena, pero la tuya no desaparece hasta que puedas demostrar que el documento se emitió.
Si aún no lo tienes: el plan en cinco pasos
- Primero: deja de emitir papel. Cualquier envío que salga necesita su PDF con QR.
- Decide quién lo genera. Tu software de rutas si lo hace, o un proveedor de DeCA. No hay nada que certificar ni que registrar.
- Pruébalo desde fuera. Con el móvil de un conductor y sin estar en tu red, escanea el QR y comprueba que el PDF se descarga sin pedir usuario.
- Repositorio con un año de retención. Que el PDF siga descargable durante al menos un año.
- Avisa a cargadores y transportistas con los que trabajas: quién emite y quién guarda. Que nadie dé por hecho que lo hace el otro.
Cómo lo hace Routal
Routal genera el DeCA de cada envío que reparte tu flota desde la propia ruta. Los datos ya están ahí: cargador, transportista, origen, destino, mercancía, fecha y matrícula. Al enviar la ruta al conductor, cada envío sale con su PDF y su código QR; la inspección lo descarga directamente y el documento se conserva un año. El albarán firmado y la prueba de entrega con foto, firma y ubicación siguen en la misma parada.
Dos límites, para que nadie se lleve una sorpresa: Routal cubre el reparto con tu flota, así que los envíos que subcontratas a otro transportista los documenta él; y el eCMR del transporte internacional no lo emitimos.
Si quieres verlo con tus rutas, solicita una demo.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatorio el DeCA?+
Desde el 5 de octubre de 2026. Lo fijó la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible: diez meses desde su entrada en vigor. No hay periodo de gracia ni fase sin sanción después de esa fecha.
¿Vale una foto o un escaneado del documento en papel?+
No. El DeCA tiene que generarse como PDF electrónico con un código QR que lleve a una dirección web de descarga directa, sin iniciar sesión. Papel, fotos y escaneados no cumplen, y las anotaciones a mano tampoco.
¿Qué multa hay por no llevar el DeCA?+
Es infracción grave: de 401 a 600 € (artículo 141.17 de la LOTT). Falsear los datos es muy grave: de 4.001 a 6.000 € (artículo 140.9). Responden el cargador contractual y el transportista efectivo; el cargador solo queda eximido si demuestra que el documento se emitió.
¿Tengo que registrarme en alguna plataforma del Ministerio?+
No. El Ministerio no tiene aplicación ni repositorio para el DeCA. Cada empresa genera sus PDF con su software o el de un proveedor y los guarda en su propio repositorio, en cualquier dominio y sin comunicarlo. Tampoco hay que certificar el software.
¿Routal emite el DeCA?+
Sí, para los envíos que reparte tu propia flota: lo genera desde la ruta como PDF con código QR y descarga directa para la inspección, y lo conserva un año. Los envíos que subcontratas los documenta el transportista, y el eCMR del transporte internacional no lo emitimos.
Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control solo vale en electrónico: PDF con código QR y descarga directa. No hay periodo de gracia.
Carecer del DeCA o llevarlo incompleto es infracción grave: de 401 a 600 €. Falsearlo, de 4.001 a 6.000 €. Responden cargador contractual y transportista efectivo.
No te afecta si repartes tu propia mercancía con tus vehículos y tu plantilla, ni en paquetería, mudanzas o vehículos de hasta 2 toneladas.
No hay plataforma del Ministerio ni software que certificar: cada empresa guarda sus PDF en su propio repositorio.
Routal genera el DeCA de cada envío que reparte tu flota desde la propia ruta.
Por Routal Team
Especialistas de operaciones y producto enfocados en contenido logístico práctico. LinkedIn
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